Ministro Larraín aclaró que retiro forzoso del 10% de los fondos para el pago de pensiones alimenticias podría ser inconstitucional
Sin embargo, hizo hincapié en que ya existe una norma en que el juez puede establecer medidas cautelares para obligar que se cumpla con el pago de esta obligación.
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Junto con valorar que el proyecto que permite el pago de pensiones alimenticias con el retiro del 10% de los fondos de pensiones de las AFP se haya aprobado en la Comisión de Constitución de la Cámara, para que mañana sea refrendado por la Sala, el ministro de Justicia, Hernán Larraín aclaró que el mensaje del Ejecutivo no contempla que se obligue al deudor a retirar parte de sus ahorros previsionales para cubrir la deuda porque ello podría ser inconstitucional.
Convencido de que el proyecto del gobierno permite avanzar "seriamente" en la materia, también aclaró que no se incorporó una indicación que obligara al deudor al retiro de sus fondos pese a no haber hecho la solicitud y sólo a petición del acreedor alimentario, por generar dudas sobre su constitucionalidad.
"Pero más importante aún, en la ley de Tribunales de Familia, existe una norma, en virtud de la cual, el juez, a petición del afectado o de oficio, puede establecer medidas cautelares para asegurar en ese caso la obligación del deudor a que haga todo lo posible para pagar esa deuda. En virtud de esta norma, no sería necesario agregar una norma adicional", explicó el ministro.
Larraín manifestó su esperanza de que mañana la Cámara de Diputados despache esta norma y "deseablemente, la vea el Senado en esta semana. Con ello, aseguramos que esta posibilidad de que las deudas alimentarias se paguen, sea realidad".